Valoración y canalización
Este servicio se ofrece a través del Centro de Valoración y Canalización (CVC), un espacio de primer ingreso que funciona como albergue temporal para personas que se encuentran en situación de calle o son vulnerables a estarlo por carecer de redes de apoyo familiar o social.
En este espacio se ofrece una valoración de las áreas médica, psicológica, psiquiátrica y de trabajo social en donde se determina la condición de la persona y se evalúa para ser reintegrada a su núcleo familiar, promover el retorno a su lugar de origen, referenciar al hogar temporal Espacio TECHO (hogar temporal) o ser canalizada a los Centros de Asistencia e Integración Social (CAIS).
El CVC tiene como objetivo proporcionar atención integral y servicios sociales a las personas en situación de calle y/o abandono social para garantizar el cumplimiento de la Fracción K del artículo 11 de la Constitución Política de la Ciudad de México, mediante la valoración y canalización de las personas conforme a sus necesidades y perfil físico, psicológico y social.
Para las personas que ingresan:
- Llenar en CVC el formulario de consentimiento.
Las personas interesadas en recibir los servicios del CVC deberán otorgar su consentimiento de manera libre e informada. El formato se llena en los puntos de calle, o bien al ser canalizada al CVC. - Recibir la valoración inicial dentro del CVC.
En caso de que alguna persona sea trasladada al CVC por alguna institución pública o privada, se solicita el llenado del consentimiento informado, una vez que la persona es recibida en el CVC, y se procede a la valoración.
Para quienes quieren ayudar a alguien en situación de calle:
- Reportar por llamada o vía whatsapp al 55 4609 3034
Es fundamental que para recibir los servicios del CVC las personas solicitantes se ajusten al perfil, es decir, deben ser personas que habiten o pasen la noche en el espacio público de la Ciudad de México; o que, debido a su condición económica o de abandono social o familiar, se encuentren en riesgo de quedar en situación de calle.
Pasos que se deben seguir para recibir la valoración y la canalización son:
Acudir al CVC
Las personas en situación de calle o vulnerabilidad que deseen recibir la atención integral pueden dirigirse directamente al Centro de Valoración y Canalización (CVC), ubicado en Sur 65A No. 3246, Colonia Viaducto Piedad, Alcaldía Iztacalco. En caso de necesitarlo, pueden pedir a la Brigada de Calle el traslado directo al CVC.
Proporcionar consentimiento
Una vez en el CVC, se deberá realizar por parte de las personas interesadas una solicitud informada y voluntaria otorgando su consentimiento para acceder a los servicios sociales y la atención requerida.
Dirección: Sur 65-A 3246, Colonia Viaducto Piedad, Alcaldía Iztacalco, C.P. 08200, Ciudad de México.
Para más información, comunicarse a la Coordinación de la Estrategia de Transición entre la Calle y el Hogar (CTECHO) del Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias (IAPP).
Teléfono: 5557413666 y 5557413498 ext. 111
Correo: cae.sibiso@gmail.com
Dirección: Sur 65-A 3246, Colonia Viaducto Piedad, Alcaldía Iztacalco, C.P. 08200, Ciudad de México.
Da clic sobre cada uno de los documentos para abrir en otra ventana:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Constitución Política de la Ciudad de México
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Ley de Asistencia e Integración Social para el Distrito Federal
- Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en la Ciudad de México
- Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México
- Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal
- Ley de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
- Ley de Atención Prioritaria para las Personas con Discapacidad y en Situación de Vulnerabilidad en el Distrito Federal
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México
- Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
- Decreto por el que se crea el Instituto de Asistencia e Integración Social del Distrito Federal
- Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas que Viven en Situación de Calle en la Ciudad de México
- Manual Administrativo de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social
Los servicios proporcionados en este centro son de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de estos servicios con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos servicios en la Ciudad de México será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.