En el Centro de Valoración y Canalización (CVC) se recibe a las personas para brindarles temporalmente alimentación, vestido, atención médica, aseo y pernocta.
Ahí se crea el expediente único y dependiendo del perfil se canaliza alas residencias permanentes conocidas como Centros de Asistencia e IntegraciónSocial (CAIS) o bien, a la red de residencias operadas por organizaciones civiles; se realizan retornos al lugar de origen; o se hace un trabajo de reunificación familiar, según sea el caso y el perfil de cada persona y lo que necesite.
El Albergue de Transición Entre la Calle y el Hogar (TECHO) es el espacio donde las personas que así lo deciden, pueden permanecer por un tiempo para dar continuidad a su plan de vida, encaminado a recuperar su autonomía.
Diariamente ingresan personas en situación de calle al CVC, muchas de ellas para acceder a alimentación, atención médica, aseo, pernocta y regresar nuevamente a los espacios de socialización en la calle, razón por la cual los registros que se reportan en el CVC no son únicos porque muchas personas pueden tener visitas recurrentes al Centro, incluso durante el mismo día.
El CVC tiene como objetivo proporcionar atención integral y servicios sociales a las personas en situación de calle y/o abandono social para garantizar el cumplimiento de la Fracción K del artículo 11 de la Constitución Política de la Ciudad de México, mediante la valoración y canalización de las personas conforme a sus necesidades y perfil físico, psicológico y social.
Conoce más detalles sobre el servicio dando click en el siguiente botón:
Para las personas que ingresan:
- Llenar en CVC el formulario de consentimiento.
Las personas interesadas en recibir los servicios del CVC deberán otorgar su consentimiento de manera libre e informada. El formato se llena en los puntos de calle, o bien al ser canalizada al CVC. - Recibir la valoración inicial dentro del CVC.
En caso de que alguna persona sea trasladada al CVC por alguna institución pública o privada, se solicita el llenado del consentimiento informado, una vez que la persona es recibida en el CVC, y se procede a la valoración.
Para quienes quieren ayudar a alguien en situación de calle:
- Reportar por llamada o vía whatsapp al 55 4609 3034
Es fundamental que para recibir los servicios del CVC las personas solicitantes se ajusten al perfil, es decir, deben ser personas que habiten o pasen la noche en el espacio público de la Ciudad de México; o que, debido a su condición económica o de abandono social o familiar, se encuentren en riesgo de quedar en situación de calle.
Pasos que se deben seguir para recibir la valoración y la canalización son:
Acudir al CVC
Las personas en situación de calle o vulnerabilidad que deseen recibir la atención integral pueden dirigirse directamente al Centro de Valoración y Canalización (CVC), ubicado en Sur 65A No. 3246, Colonia Viaducto Piedad, Alcaldía Iztacalco. En caso de necesitarlo, pueden pedir a la Brigada de Calle el traslado directo al CVC.
Proporcionar consentimiento
Una vez en el CVC, se deberá realizar por parte de las personas interesadas una solicitud informada y voluntaria otorgando su consentimiento para acceder a los servicios sociales y la atención requerida.
Dirección: Sur 65-A 3246, Colonia Viaducto Piedad, Alcaldía Iztacalco, C.P. 08200, Ciudad de México.
Para más información, comunicarse a la Coordinación de la Estrategia de Transición entre la Calle y el Hogar (CTECHO) del Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias (IAPP).
Teléfono: 5557413666 y 5557413498 ext. 111
Correo: cae.sibiso@gmail.com
Dirección: Sur 65-A 3246, Colonia Viaducto Piedad, Alcaldía Iztacalco, C.P. 08200, Ciudad de México.
Da clic sobre cada uno de los documentos para abrir en otra ventana:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Constitución Política de la Ciudad de México
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Ley de Asistencia e Integración Social para el Distrito Federal
- Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en la Ciudad de México
- Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México
- Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal
- Ley de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
- Ley de Atención Prioritaria para las Personas con Discapacidad y en Situación de Vulnerabilidad en el Distrito Federal
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México
- Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
- Decreto por el que se crea el Instituto de Asistencia e Integración Social del Distrito Federal
- Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas que Viven en Situación de Calle en la Ciudad de México
- Manual Administrativo de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.